Sentencia de TSJ Comunidad Valenciana (Valencia), Sala de lo Contencioso, 29 de Mayo de 1998

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Sentencia de TSJ Comunidad Valenciana (Valencia), Sala de lo Contencioso, 29 de Mayo de 1998

Recurso N° - 4862/95 SENTENCIA N° 505 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Ilmo. Sres.

Presidente D. José Díaz Delgado Magistrado.

D. Salvador Bellmont Mora D. Luis Manglano Sada En Valencia, a 29 de mayo de mil novecientos noventa y echo VISTA por el Tribunal el Recurso Contencioso-Administrativo promovido por la Procuradora Dª. Rosa Ubeda Solano, en nombre y representación de la entidad "FORUM INMOBILIARIO CISNEROS S.A.", CENTRA la Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Valencia de 15 de septiembre de 1995, desestimatorias de las solicitudes formuladas por la actora para que se dejaran sin efecto las aceptaciones de cesiones dotacionales de dos terrenas de 325 m2 y 35 m2 realizadas el 20-12-1991 par De. Maribel y Dª.

Virginia , y se procediera a la devolución de las cantidades ingresadas en concepto de costes de urbanización. Todo elle referido a la licencia de obras n° 8.836/91 correspondiente a la promoción de un edificio sito en la Calle Luis Crumiere 7 y 9, de esta ciudad.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Interpuesto el recurso y seguidos les tramites prevenidos por la Ley, se emplazo al demandante para que formalizara la demanda, lo que verifico mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO.- La representación de la parte demandada, conteste la demanda mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERA.- habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplaza a las partes para que evacuasen el tramite de conclusiones prevenido per el articulo 78 de la ley de esta jurisdicción y, verificado, quedaron los

Autos pendientes para votación y Fallo.

CUARTO.- Se señalo votación y fallo para la audiencia del día 28 de mayo de 1998 y, verificada, quedaron los autos vistos para sentencia.

QUINTO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado todas las formalidades legales:

Ha sido ponente de estos Autos el Ilmo.. MAGISTRADO DON Luis Manglano Sada.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y, demás de general aplicación, se hacen los si...

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