STSJ Andalucía , 13 de Julio de 2000

PonenteANTONIO REINOSO REINO
ECLIES:TSJAND:2000:10770
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº 66499(M.A)

ILTMOS SRES:

Don ANTONIO REINOSO Y REINO Don JOSÉ MANUEL LÓPEZ Y GARCÍA DE LA SERRANA Do_a ANA MARÍA ORELLANA CANO En Sevilla, a trece de julio de dos mil La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA Nº 2.81300 En el recurso de suplicación interpuesto por Do_a Remedios contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de los de Sevilla; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON ANTONIO REINOSO Y REINO, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Do_a Remedios , sobre invalidez, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua La Fraternidad y Hermanos Casal S.L, se celebró el juicio y se dictó sentencia el veinticinco de marzo de MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO por el Juzgado de referencia, en que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

La actora Remedios , nacida el 21.12.64, afiliada al régimen general de la Seguridad Social, y de profesión habitual expendedora de cartones de bingo en el Centro de trabajo "Bingo la Florida'', el día 9.6.90 sufrió un accidente cuando se desplazaba a su trabajo habitual (F.93) en la empresa "Hermanos Casal", que tenía documentos de asociación con la Mutua La Fraternidad, produciéndosele policontusiones con T.C.E., herida contusa en cuero cabelludo, quemaduras de 2_ grado superficial en nalga izquierda y muslo derecho (f.60), causando baja médica ese día diagnosticada de erosiones múltiples y policontusionada (f.46). El 23.7.90 fue dada de alta médica por curación.

SEGUNDO

El 24.7.90 y dada de baja médica con el diagnostico en estudio neurológico (f. 48) por enfermedad común y es dada de alta el 23.1.92.

La actora el 2.3.94 (F.63) acude al psiquiatra de zona con un cuadro ansioso depresivo y crisis de ansiedad (f.14), de naturaleza histérica (f. 65) de renta (f.65 vto), que el día 16.2.95 está notablemente mejorada. En septiembre de 1.995 se le diagnostica de nuevo en idéntica situación, encronizado Y con un ambiente muy desfavorable por la intereacción con la madre (f. 66), situación que se prolonga durante un a_o, y agravara el 9.9.96 (f.67), y continua sin cambios durante ese año (f. 68).

TERCERO

La actora que ha recibido atención especializada psiquiátrica desde los 18 años, y en especial desde el año 1.987 (f.70) con antecedentes de una meningitis linfocitaria benigna y epilepsia, padece un cuadro de ansiedad, complicado con síntomas depresivos, y una clínica de histeria conversiva en ocasiones abigarrada y en función de situaciones estresantes y de alto contenido emocional. Convive con la madre que también requiere tratamiento psiquiátrico. Padece una fibromialgia de origen mental (f.71) que precisa tratamiento meuropsiquiatrico. Padece un Bocio multimodular normofuncionante, cervicoatrosis discreta , polinosis. (f.34). Las dolencias que padece la actora le imposibilitan para realizar trabajos de esfuerzo moderado y de atención y responsabilidad.

CUARTO

Le fue incoado de oficio expediente de invalidez, siendo sometida a estudio clínico por la...

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