STSJ Andalucía , 27 de Abril de 2000

PonenteANTONIO REINOSO REINO
ECLIES:TSJAND:2000:6287
Número de Recurso489/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº 310/00(M.A)

ILTMOS SRES:

Don ANTONIO REINOSO Y REINO Don JOSÉ MANUEL LÓPEZ Y GARCÍA DE LA SERRANA Do_a MARÍA ORELLANA CANO En Sevilla, a veintisiete de abril de dos mil La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA Nº 1.45300 En el recurso de suplicación interpuesto por Cámara de Comercio Industria y Navegación de Sevilla contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Tres de los de Sevilla; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON ANTONIO REINOSO Y REINO, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Do_a Nieves y Don Juan Ignacio , sobre conflicto colectivo, contra Cámara de Comercio Industria y Navegación de Sevilla, se celebró el juicio y se dictó sentencia el veinticuatro de septiembre de mil novecientos noventa y nueve por el Juzgado de referencia, en que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. ) La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Sevilla emplea actualmente a 28 trabajadores, dos de los cuales, Don Marcelino y Doña Penélope , están adscritos al Departamento de Acción Formativa (DAF) y tienen una jornada partida de 40 horas semanales distribuida según las necesidades de los cursos a impartir.

    2)º De los 26 trabajadores restantes:

    1. - Don Alfonso tiene contrato escrito de fecha 10/7/91 en el que se pactó una jornada de 40 horas semanales de lunes a viernes, habiéndose acordado por ambas partes con fecha 1/1/97 que el mencionado trabajador tendrá plena dedicación a la Cámara con la jornada de trabajo, dentro de los límites legales, que sea necesaria para el buen cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas.

    2. - Doña María Luisa tiene contrato escrito de fecha 1/4/85 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de siete horas diarias, salvo el sábado 'que lo será de cinco 'horas.

    3. - Do_a Mónica tiene contrato escrito dé fecha 1/4/86 en el que se pactó que la jornada de trabajo será- de siete horas diarias, salvo el sábado que lo será de cinco horas.

    4. - Don Jose Pedro fue contratado el 1/4/97 mediante contrato de trabajo temporal eventual por circunstancias de la producción, convertido el 30/9/97 en contrato indefinido a tiempo completo.

    5. - Don Eloy tiene contrato escrito de fecha 14/1/92 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a viernes.

    6. - Don Carlos Jesús tiene contrato escrito de fecha 15/4/91 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a viernes.

    7. - Doña Remedios tiene contrato escrito de fecha 1/3/86 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a viernes ambos inclusive que serán fijadas por las partes de acuerdo con las necesidades sentidas por la Cámara de Comercio.

    8. - Don Gerardo tiene contrato escrito de fecha 24/11/92 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a sábado.

    9. - Doña Nieves tiene contrato escrito de fecha 18/11/92 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a sábado.

    10. - Doña Frida tiene contrato escrito de fecha 25/3/92 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a sábado.

    11. - Doña Estela tiene contrato escrito de fecha 1/4/86 en el que se pactó que la jornada sería de siete horas diarias, salvo el sábado que sería de cinco.

    12. - Doña Elena tiene contrato escrito de fecha 15/10/91 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a sábado.

    13. - Doña Diana tiene contrato escrita de fecha 15/2/91 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a viernes.

    14. - Doña Constanza tiene contrato escrito de fecha 15/2/91 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a viernes.

    15. - Doña Cristina tiene contrato escrito de fecha 2/4/91 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a sábado.

    16. - Doña Consuelo tiene contrato escrito de fecha 17/4/79 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de ocho horas, salvo sábados que será de cuatro.

    17. - Doña Edurne tiene contrato escrito de fecha ½/91 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a viernes.

    18. - Doña Eugenia tiene contrato escrito de fecha ½/87 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de siete horas diarias, salvo el sábado que será de cinco.

    19. - Doña Francisca tiene contrato escrito de fecha 4/5/93 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a sábado.

    20. - Doña Laura tiene contrato escrito de fecha 1/4/93 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a sábado.

    21. - Don Luis Miguel tiene contrato escrito de fecha 15/4/91 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a viernes.

    22. - Doña María tiene contrato escrito de fecha 3/5/93 en el que se pactó que la jornada de trabajo será de 40 horas semanales de lunes a sábado.Don Millán carece de contrato suscrito, no constando su antigüedad en la empresa.

    23. - Doña Yolanda carece de contrato escrito no constando su antigüedad en la empresa.

    24. - Don Juan Ignacio carece de contrato escrito, no constando su antigüedad en la empresa.

    25. - Doña María del Pilar carece de contrato escrito, no constando su antigüedad en la empresa.

    3_) Al menos desde principios de 1992, y salvo las jornadas y horarios especiales durante los períodos de verano (meses de junio a septiembre inclusive) en que se suprimían las guardias de los sábados y el horario de tarde, los empleados de la Cámara de Comercio demandada -a excepción de los asignados al DAF- han venido realizando las siguientes jornadas y horario, periódicamente recordadas mediante notas 'de régimen interno dirigidas a todo el personal:

    1. Jornada de 36 horas semanales, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00 horas, más cuatro horas de un sábado al mes en turnos rotatorios, que realizaban los once empleados siguientes: Don Eloy , Doña Remedios , Doña Frida , Doña Yolanda , Doña Diana , Doña Constanza , Doña Consuelo , Doña María del Pilar , Doña Eugenia , Don Juan Ignacio y Don Millán .

    2. Jornada...

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