STSJ Comunidad de Madrid , 1 de Junio de 2000

PonenteMARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ
ECLIES:TSJM:2000:7086
Número de Recurso2611/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 1 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Ldo. D. Luis Cordovilla Molero. C/Luchana, 6 Madrid 28010 Proc. Sra. Monserrat Rodríguez Rodríguez Recurso n°.- 2611/98 Ponente Sr A. Pilar Maldonado Muñoz Recurrente: Ldo. D. Manuel Mª. Ariza Brugarolas. C/Velayos, 4-5º B Madrid Abogado del Estado Secretaria: Dª M Teresa Barril Roche TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA SENTENCIA NUM, 562 En Madrid, a uno de Junio del año dos axil.

ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS Pilar Maldonado Muñoz D. J. I. Pérez Alférez Visto por la Sala del margen, el recurso contencioso-administrativo número 2611/98, interpuesto por el Letrado Sr. Ariza Brugarolas, en nombre y representación de D. Gabriel , contra desestimación por silencio administrativo del recurso ordinario deducido contra resolución del Tribunal calificador, por lo que publica la lista de aprobados para cubrir 6 plazas de monitor de natación y otras actividades adscritas al área deportiva del Patronato Municipal de Cultura y Deporte de Móstoles; habiendo sido parte en autos el Ayuntamiento de Móstoles (Madrid), representado por la Procuradora Sra. Rodríguez Rodríguez y coadyuvantes Dª Magdalena y D. Pablo , representados por el Letrado Sr. Cordovilla Molero. Siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

UNO.- La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figuran en los mismos.

DOS.- Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y Fallo, que tuvo lugar el día 31 de Mayo del año 2000.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Pilar Maldonado Muñoz.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo la desestimación por silencio administrativo del recurso ordinario deducido por D. Gabriel contra resolución del Tribunal Calificador por lo que publica la lista de aprobados para la cobertura de 6 plazas de monitor de natación y otras actividades deportivas adscritas al área deportiva del Patronato Municipal de Cultura y Deporte de Móstoles, conforme a las bases de la convocatoria aprobadas el 14 de Agosto de 1995.

Alega el recurrente que existen aspirantes admitidos á concurso e incluso aprobados que no han aportado el título de T. A. F. A. D., (Técnico de Actividades Físicas y Animación Deportiva) ni el de Monitor de Natación, exigidos en las bases de la convocatoria, por lo que en la selección de personal no se han garantizado los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. El Ayuntamiento de Móstoles se opone a dicha pretensión afirmando que la convocatoria está destinada a Monitores de Natación y otras actividades deportivas y por ello se exigen distintos tipos de titulaciones,...

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