Sentencia de TSJ Castilla y León (Burgos), Sala de lo Contencioso, 12 de Julio de 2002
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Sentencia de TSJ Castilla y León (Burgos), Sala de lo Contencioso, 12 de Julio de 2002
tributaria SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a doce de julio de dos mil dos. En el recurso contencioso administrativo número 462/2001 interpuesto por LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA Y LEON representada y defendida por el Letrado de la Comunidad Don Mariano Nieto Echevarría contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional, en Pleno, de 1 de julio de 1999 desestimando la reclamación económico administrativa nº 47/197/99 formulada por la recurrente contra el acto de repercusión del Impuesto sobre el Valor Añadido efectuado por Don Ildefonso , titular de la Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario DIRECCION000 , Avila, en relación con los servicios de gestión y liquidación de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados correspondientes al cuarto trimestre del ejercicio 1998 por importe de 495.866 pesetas según factura , habiendo compadecido como parte demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado en virtud de la representación que por Ley ostenta.
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante la Sala de Valladolid con fecha el día 18 de abril de 2000.Admitido a trámite el recurso y no habiéndose solicitado el anuncio de la interposición del mismo, se reclamó el expediente administrativo; recibido, antes de conferir traslado a la parte demandante para que formulase la demanda la Sala de Valladolid acordó oír a las partes sobre su competencia territorial para conocer del recurso y evacuados los traslados conferidos con fecha 29 de junio de 2001 dictó auto por el que acordaba inhibirse en favor de esta Sala, a la que fueron remitidos los autos con fecha 25 de septiembre, Recibidos los autos y tras personarse las partes, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que se efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 11 de d...Ver el contenido completo de este documento
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