STSJ Castilla-La Mancha , 28 de Abril de 2003

PonenteMARIANO MONTERO MARTINEZ
ECLIES:TSJCLM:2003:1552
Número de Recurso167/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso contencioso-administrativo nº 167/2000 ALBACETE SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Magistrados, Iltmos. Sres.:

D. José Borrego López, Presidente.

D. Mariano Montero Martínez.

D. Miguel Angel Pérez Yuste.

S E N T E N C I A Nº

En Albacete, a veintiocho de Abril de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos de recurso contencioso-administrativo, seguidos bajo el número 167 de 2000, siendo parte actora CENITEX, S.C.L., representada por el Procurador Sr. López de Rodas Campos y defendida por el Letrado Sr. Gil García y parte demandada la CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y TRABAJO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, representada por sus Servicios Jurídicos, en materia de subvención al empleo. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Mariano Montero Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha tres de abril de 2000 se interpuso por la representación procesal de la actora recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha veintiséis de enero de 2000, por la que se desestimó el recurso de alzada entablado contra resolución de la Dirección General de Trabajo de igual Consejería, de fecha tres de agosto de 1999, que había denegado las subvenciones solicitadas por la actora, sobre ayudas de renta de subsistencia. Segundo.- Formalizada demanda, tras exponerse los hechos y los fundamentos jurídicos que se entendieron aplicables, se terminó suplicando una sentencia que declarase la nulidad de las resoluciones combatidas, así como el derecho de la actora a la subvención solicitada por la incorporación de la socia trabajadora Dª Virginia ; fue contestado por la representación de la Administración demandada, que solicitó una sentencia desestimatoria íntegramente de la demanda planteada. Tercero.- Sin que se acordase el recibimiento del pleito a prueba, por no haberlo solicitado las partes, se señaló día y hora para votación y fallo, el 24 de abril de 2003, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Impugna la mercantil actora la resolución de la Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha veintiséis de enero de 2000, por la que se desestimó el recurso de alzada entablado contra resolución de la Dirección General de Trabajo de igual Consejería, de fecha tres de agosto de 1999, que había denegado las subvenciones solicitadas por la actora, sobre ayudas de renta de subsistencia. Segundo.- Hay que partir, para la adecuada solución al presente litigio, de la auténtica naturaleza que tienen las subvenciones del tipo de la que nos ocupa. Así, unánimemente se postula en nuestra Jurisprudencia (entre otras, SSTS de 16.6.1998 y 24.7.2000, RJ 19986322 y RJ 20006173, respectivamente) que la actividad administrativa de fomento que se concreta en una subvención, se realiza mediante un procedimiento contractual que genera la relación jurídica entre la Administración y el sujeto fomentado. Y así, en el caso que resolvemos, la entidad quedó vinculada al inexcusable cumplimiento de las obligaciones derivadas de la subvención, desde el momento mismo en que, a petición suya, se solicitó a la Administración la concesión de una ayuda a su favor....

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