STSJ Cataluña , 30 de Enero de 2003
Ponente | FRANCISCO DIAZ FRAILE |
ECLI | ES:TSJCAT:2003:1232 |
Número de Recurso | 1962/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso nº. 1962/97 y acumulado 1981/97 Partes: Gabino C/ ORGANISMO AUTÓNOMO CORREOS Y TELÉGRAFOS S E N T E N C I A Nº. 152 Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a treinta de enero de dos mil tres.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº. 1962/97 y acumulado 1981/97, interpuesto por D. Gabino , actuando en su propio nombre y representación, contra el ORGANISMO AUTÓNOMO CORREOS Y TELÉGRAFOS, representado y asistido por el Letrado del Estado. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE , quien expresa el parecer de la SALA.
ANTECEDENTESDEHECHO
La parte recurrente, en nombre e interés propio, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo por el que se declara una antigüedad en el puesto de trabajo desde el día 16/6/97.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Por auto de veinticinco de octubre de dos mil, la Sala acordó el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y fallo la audiencia del día veintitrés de enero del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
En el actual proceso se han acumulado los recursos 1962/97 y 1981/97, que tienen por el objeto (según reza el inicial escrito de interposición en cada uno de ellos) el acuerdo de la...
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