STSJ Murcia , 26 de Mayo de 2003

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2003:1210
Número de Recurso452/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

21 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA Nº: 708/2003 ROLLO Nº: RSU 452/2003 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA, a veintiséis de mayo del dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JAIME GESTOSO BERTRAN y D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por HERMANDAD FARMACEUTICA MURCIANA, S.C.R.L. y D. Íñigo , contra la sentencia del JUZGADO DE LO SOCIAL N. 3 de MURCIA de fecha 31 de enero del 2003, dictada en proceso número 965/02, sobre TUTELA DE LIBERTAD SINDICAL, y entablado por D. Carlos Alberto frente HERMANDAD FARMACEUTICA MURCIANA, S.C.R.L., D. Íñigo , MINISTERIO FISCAL y como coadyuvante el SINDICATO COMISIONES OBRERAS DE LA REGION DE MURCIA. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "PRIMERO.- SOBRE CIRCUNSTANCIAS LABORALES DEL ACTOR. El actor D. Carlos Alberto , ha venido prestando sus servicios por cuenta y orden de la empresa demandada, HERMANDAD F ARMACEUTICA MURCIANA, S.C.R.L., dedicada a la actividad de almacenamiento y distribución de productos farmacéuticos a los farmacéuticos asociados, desde el día 1-12-68, con categoría de Jefe de Sección y salario con promedio mensual de 3.000 euros. Desde el año 1996 ha venido desempeñando sus funciones de Responsable de área de Almacén en Santomera, Sección de Devoluciones e Incidencias, organizando el trabajo de 17 trabajadores que prestaban sus servicios en horario de mañana, trabajo este por el que percibía un Plus de Responsabilidad de 240.40 euros mensuales. SEGUNDO.- SOBRE PROPUESTAS DE NOMBRAMIENTOS DE RESPONSABLES DE AREA.

Entre el 17-10-02 y el 21-10-02 el hijo del actor, D. Guillermo , de 20 años de edad y con una antigüedad en la empresa de unos 4 años, recibió comunicación de la empresa, fechada el 17-10-02, por la que se le ofrecía el mismo puesto de Responsable de Área de Devoluciones e Incidencias, que desempeñaba su padre, con efectos de 1-11-02, y con instrucciones de contestar a la propuesta antes del 22-10-01. Esta carta propuesta le fue entregada en mano por el Director de Producción, Sr. Carlos Miguel , sin darle explicación verbal alguna sobre su contenido y fue leída por el Sr. Guillermo ante el mismo, quedando en que tenía que meditar la propuesta y contestaría. La contestación se produjo por correo electrónico remitido a la empresa el 21-10-02 a las 11,33 horas, rechazando la oferta. En la citada comunicación ya los efectos del debate, se contenían como explicación de la propuesta los siguientes términos: "Como Vd. Sobradamente sabe durante los últimos dos años se ha llevado a cabo en el almacén de Santomera, y en el resto de almacenes de la empresa, la implantación de SAP COMERCIAL. Este sistema de gestión se integra con otros módulos SAP ya implementados con anterioridad en la organización (Financiero, RRHH), conformando un sistema de gestión empresarial único para toda la organización. En la mayoría de los casos los compromisos de los colaboradores ha sido extraordinario, pero también es cierto, que en otros, los nuevos métodos de trabajo y las nuevas tecnologías han sobrepasado a algún responsable, que pese al proceso sistemático de información y formación que ha recibido por la Dirección de la empresa, no ha logrado alcanzar niveles de eficiencia aceptables en su cometido... ". En la carta se contenía la obligación de desarrollar en el puesto propuesto, una jornada de trabajo en turno semanal alterno de mañanas y tardes con inclusión de sábados. Tras ser rechazada la oferta por el hijo del actor, se ofreció el puesto a D. Felipe , con remisión de carta fechada el 22-10-02, que se producía en idénticos términos que la del hijo del actor, exigiéndose contestación antes del día 22-10-02, sin que conste la fecha de recepción por el interesado, sin experiencia en área de devoluciones y con categoría de conductor-repartidor, que en la actualidad es responsable de dicha área, alternando en turno de mañana y tarde con el otro responsable, Sr. Carlos Ramón . También en fecha 17-10-02 y 22-10-02 se propusieron nombramientos para otros cargos de responsabilidad para las Áreas de Plataforma, Dinámicas y Salidas Almacenes, en concreto 7 más. De estos siete, cuatro fueron nombramientos debidos al desdoblamiento del Área de Manual en otras dos, manteniéndose en su cargo a uno de los nombrados, con cambio de nombre de Área, y sustituyendo otro en su puesto a D. Darío , otro nombramiento fue para sustituir en su Área al Sr. Felipe , y otro fue en sustitución de D. Rogelio . En total a parte del actor fueron cesados en su cargo de Responsable de Área dos trabajadores, el Sr. Rogelio y el Sr. Darío , sin que el nombramiento de los otros cinco trabajadores como responsables de Área supusiera ningún cese de otro trabajador. TERCERO.- SOBRE EL CESE DEL ACTOR EN SU PUESTO DE RESPONSABLE DE AREA. El mismo día 21-10-02, en que se produce la contestación por parte del Sr. Guillermo , recibe el actor, Sr. Carlos Alberto , otra carta fechada también el 17-10- 02, en la que se comunica la decisión de cesarle como responsable del turno de mañana de del área de Devoluciones del Almacén de Santomera, alegando la empresa para ello "Razones de estricta confianza". Desde el mes de noviembre en que cesó el actor en su puesto, se le han encomendado todas las funciones propias del Área de devoluciones, en que participan los trabajadores de este Área, incluidas las que venían siendo ejercitadas por trabajadores con categoría de dependiente, recibiendo instrucciones en tal sentido de responsable del área de Devoluciones, como se indicó al actor, por escrito de fecha 11-11-02, del Sr. Carlos Miguel , en contestación a un escrito del actor remitido el 7-11-02 sobre este tema, al Sr. Íñigo . En este escrito se hacía mención a la unificación de todas las funciones propias del proceso llevado a cabo en el Área de Devoluciones, en un solo proceso automatizado por la implantación del sistema SAP, lo que exigía, que cualquier trabajador perteneciente a ese departamento debía estar capacitado para hacer el proceso en forma completa o parcial. Ambas comunicaciones, la de cese y la propuesta al hijo del actor, van suscritas por D. Leonardo , si bien en la redacción de las mismas colaboró el Sr. Carlos Miguel , que también aconsejó la adopción de ambas decisiones, estando prevista la decisión del cese del actor, según este último, antes de la propuesta de nombramiento a su hijo. CUARTO.- SOBRE IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA SAP. El sistema SAP es un sistema informático que comprende muchos módulos de trabajo completamente integrados que abarca prácticamente todos los aspectos de la gestión empresarial. Su implantación en la empresa demandada se fue realizando progresivamente, siendo la fecha de arranque en el Área de Devoluciones el mes de junio de 2002, y en concreto estaba prevista para el día 22 de dicho mes. La implantación del sistema en el grupo de empresas de HEFAME, se propuso en agosto de 1999, conteniendo un Plan de Formación que empieza a ponerse en marcha en el año 2001, y en concreto en el Área de Devoluciones, se planifican los cursos de formación desde el mes de noviembre de 2001, si bien los primeros cursos se celebraron en junio de 2002. En Acta de 25-1-01 de Reunión entre el Comité de Empresa y la empresa, se informó de que se iba a implantar el sistema SAP en la empresa, para lo que se iban a dar a los trabajadores cursos de Formación a dos niveles: I.- Destinado a formación de formadores de formadores siendo especialistas de método. II.- Destinado a la formación en cadena, de todos los usuarios de la máquina de SAP. En dicha reunión se pidió información por el Delegado Sindical de CCOO Sr. Javier , sobre determinadas cuestiones, relativas al coste económico y ganancias que reportaba la implantación del sistema, si su implantación iba a afectar a la plantilla de trabajadores en algo, por reducción, despidos objetivos..., así como todo lo relativo al sistema informático, comprometiéndose en dicha reunión la dirección de la empresa a tener una reunión mensual con el Comité para facilitar toda esa información, y al mismo tiempo se indicaba por el Sr. Carlos Miguel que el sistema no estaba implantado todavía en ninguna empresa de distribución farmacéutica. De los cursos, se inició el de Nivel II en junio de 2002, estando previsto para todos los usuarios de pantalla, indicándose por el Jefe de Almacén, a los responsables de cada Área que mandasen a los que tuviesen nivel administrativo, ósea que fueran usuarios de pantalla. En esos cursos de fase Inicial, estaba prevista por la empresa la asistencia del Sr. Carlos Alberto si bien no asistió, sin que conste que se le notificasen las fechas para asistir a los mismos. El propio Sr. Carlos Alberto preguntó al Sr. Carlos Miguel cuando le tocaba hacer el curso, comentándole este que ya le avisarían. Los cursos del Nivel I, destinado a los responsables de Áreas, y que era el aconsejable para el actor, dado su cargo, por incidir dicho curso en el conocimiento de la trascendencia que el SAP podía tener en materia de organización y distribución de trabajo dentro de su Área, se pospuso al mes de noviembre, en que ya había cesado el actor. Los cursos de Nivel II, no eran necesarios para el actor, pues no manejaba pantalla cuando se organizaron, si bien después de su cese, y dadas sus nuevas funciones, sí que era conveniente haber adquirido conocimientos del sistema, habida la...

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