STSJ Galicia , 28 de Enero de 2004

PonenteMARIA DOLORES GALINDO GIL
ECLIES:TSJGAL:2004:482
Número de Recurso73/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO DE APELACION N° 01/000073/2003 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA N° 50/2004 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA Dña. MARIA DOLORES GALINDO GIL En La Ciudad de A Coruña, a veintiocho de enero de dos mil cuatro.

En el recurso de apelación que se sigue ante esta Sala y Sección bajo el número 01/000073/2003, interpuesto por LA ADMINISTRACION ESTATAL, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso- administrativo número Uno de Pontevedra, con fecha veintisiete de enero de dos mil tres . Es parte apelada EL CONCELLO DE VILAGARCIA DE AROUSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación, ha sido interpuesto por LA ADMINISTRACION ESTATAL, contra la Sentencia de fecha 27 de enero de 2.003, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, en el procedimiento abreviado n°. 323/02 , en cuya parte dispositiva se acordó: "Que debo estimar como estimo el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el Abogado del Estado contra acuerdo, adoptado en sesión de fecha 11 de abril de 2002, del Pleno del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa de aprobación del cuadro de personal y relación de puestos de trabajo para el año 2002, debiendo anular como anulo dicho acuerdo en el particular relativo a los incrementos experimentados por las retribuciones de los funcionarios municipales, por ser contraria a Derecho; sin hacer especial imposición de costas".

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones con el expediente administrativo en esta Sala, se designó

Ponente, quedando las actuaciones pendientes de dictar la resolución procedente, por el orden de prelación que le corresponda.

TERCERO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Magistrado Ponente la ILMA. SRA. DOÑA MARIA DOLORES GALINDO GIL.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

SE ACEPTAN, los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida y,

PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación la sentencia de fecha 27 de enero de 2003 dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de los de Pontevedra en autos de Procedimiento Abreviado número 323/02 estimatoria del recurso contencioso- administrativo interpuesto por el Abogado del Estado actuando en nombre y representación de la Delegación del Gobierno en Galicia contra Acuerdo del Pleno del Concello de Vilagarcía de Arousa de fecha 11 de abril de 2002 por el que se aprueba el cuadro de personal y la relación de puestos de trabajo de dicho Concello para el año 2002, en el extremo relativo al incremento de las retribuciones de los empleados municipales.

SEGUNDO

Se alza contra la sentencia indicada el representante procesal del Concello de Vilagarcía de Arousa, suplicando de la Sala la revocación de la resolución de instancia con dictada de otra por la que se desestime el recurso contencioso-administrativo interpuesto...

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