STSJ Asturias , 16 de Enero de 2004

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2004:295
Número de Recurso217/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL N.I.G: 33044 4 0104619 /2003, MODELO 46050 TIPO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000217 /2003 MATERIA: INCAPACIDAD PERMANENTE RECURRENTE/s: Araceli RECURRIDO/s: INSS JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n°: 003 de OVIEDO DEMANDA 0001140 /2002 Sentencia número: 152/04 Ilmos. Sres.

D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ En OVIEDO a dieciséis de Enero de dos mil cuatro, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE SM. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 0000217 /2003, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. JOSÉ

RAMÓN LLAMES PRADO, en nombre y representación de Araceli , contra la sentencia de fecha veinticinco de setiembre de dos mil dos, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n°: 003 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0001140 /2002, seguidos a instancia de Araceli frente a INSS, parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación por invalidez permanente, siendo Magistrado- Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha veinticinco de setiembre de dos mil dos por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La trabajadora Dña. Araceli , nacida el 6 de septiembre de 1967, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, figura afiliada a la Seguridad Social, Régimen Especial Agrario, con el n°

    NUM000 , siendo su profesión habitual la de labradora por cuenta propia.

  2. - La actora causó baja por enfermedad común el 19 de marzo de 2001, y agotado el plazo máximo en esta situación, se iniciaron actuaciones en materia de declaración de Invalidez Permanente que concluyeron con resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Asturias dictada el 29 de abril de 2002, que hizo suyo el informe-propuesta emitido por el Equipo de Valoración de Incapacidades en su reunión de feb a26 de abril, en el sentido de que la actora no estaba afectada de Incapacidad Permanente para su profesión actual, habiéndose emitido el correspondiente informe médico de síntesis el 18 de marzo del mismo año.

  3. - disconforme con dicha resolución, la trabajadora formuló reclamación previa a la vía jurisdiccional el 17 de mayo de 2002, que fue desestimada por Resolución de 12 de junio de 2002, una vez emitido informe médico complementario el 29 de mayo de 2002, al entender la administración que el cuadro patológico que presentaba no le impedía el desarrollo de las tareas fundamentales de la...

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