STSJ Comunidad Valenciana , 20 de Mayo de 2004
Ponente | MARIA DE LOS DESAMPARADOS PEREZ NAVARRO |
ECLI | ES:TSJCV:2004:2803 |
Número de Recurso | 99/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Rollo de apelación número 99/2.004 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SENTENCIA NÚMERO 737 /2.004 Ilmos. Sres.
Presidente Don Edilberto José Narbón Lainez Magistrados Doña Desamparados Iruela Jiménez Doña Amparo Pérez Navarro
En la Ciudad de Valencia, a veinte de mayo de dos mil cuatro.
Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 99 de 2.004, interpuesto contra el auto de fecha 27 de octubre de 2.003, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia en el del P.A. 62/02 .
Ha sido parte en el recurso como apelante DON Agustín , en su propio nombre en su calidad de Funcionario de Carrera, y como apelado EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, representado y dirigido por Letrado de sus Servicios Jurídicos y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Amparo Pérez Navarro, quien expresa el parecer de la Sección.
Con fecha 27 de octubre de 2.003 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Valencia dictó Auto dimanante del P.A. 62/03 , cuya parte dispositiva, literalmente transcrita, dice: "QUE SE CONSIDERA BIEN EJECUTADA LA SENTENCIA 137/03 , dictada en el Procedimiento abreviado 62/03, en sus justos términos".
El recurrente en la instancia, Don Agustín , interpone recurso de apelación contra el anterior auto, que fue admitido por el Juzgado en providencia de fecha 9.1.2004, dándose traslado a la contraparte que formula su oposición por escrito de 26 de enero de 2004.
Por propuesta de providencia de 30.1.2004, se acuerda elevar los autos a este Tribunal; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo se señaló para la votación y fallo el día 11 de mayo de 2.004.
En la sustanciación de este proceso se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.
Con fecha 6 de junio de 2003 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 Valencia, dictó sentencia en el P.A. 62/03 , por la que se estimó la pretensión ejercitada por DON Agustín , reconociendo como situación jurídica individualizada el derecho del actor al percibo de las diferencias retributivas dejadas de percibir en concepto de trienos.
Por resolución de la Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, nº...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba