STSJ Castilla-La Mancha 655/2009, 27 de Noviembre de 2009
Ponente | PURIFICACION LOPEZ TOLEDO |
ECLI | ES:TSJCLM:2009:4760 |
Número de Recurso | 723/2006 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 655/2009 |
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1
ALBACETE
SENTENCIA: 00655/2009
Recurso nº 723/2006
Toledo
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Sección Primera.
Presidente:
Iltmo. Sr. D. José Borrego López.
Magistrados:
Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.
Iltmo. Sr. D. Ricardo Estevez Goytre.
Iltma. Sra. Dª. Purificación López Toledo.
SENTENCIA Nº 655
En Albacete, a veintisiete de Noviembre de dos mil nueve.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 723/2006 del recurso contencioso-administrativo seguido a instancia de Dª. Angelina, representada por el Procurador Sr. Ponce Riaza y defendida por el Letrado Sr. Mareque Ortega, contra el TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA, representado y dirigido por la Abogacía del Estado, habiendo actuado como parte codemandada la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, representada y dirigida por sus Servicios Jurídicos, en materia de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Purificación López Toledo.
Por la representación procesal de la actora se interpuso en fecha 1 de septiembre de 2006 recurso contencioso- administrativo contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, de fecha 29 de mayo de 2006, por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa nº NUM000 entablada frente a resolución de la Oficina Liquidadora de Illescas de 14 de octubre de 2005, confirmando en consecuencia la comprobación de valores impugnada nº NUM001, en relación a la compraventa de un inmueble otorgada en escritura pública de fecha 17 de septiembre de 2003, por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Formalizada la demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando sentencia por la que se declare nulo de pleno derecho el acto administrativo impugnado, se tenga por correcta su autoliquidación y, subsidiariamente se anule el acto administrativo de comprobación de valores.
Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso. En iguales términos se manifestó la Administración autonómica codemandada.
Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, sin que por las partes se haya solicitado trámite de conclusiones, se señaló día y hora para votación y fallo el 19 de noviembre de 2009, que se trasladó, por razones de servicio al día 26 de noviembre de 2009, en que tuvo lugar.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
Impugna la actora la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla-La Mancha, de fecha 29 de mayo de 2006, por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa nº NUM000 entablada frente a resolución de la Oficina Liquidadora de Illescas de 14 de octubre de 2005, confirmando en consecuencia la comprobación de valores impugnada nº NUM001, en relación a la compraventa de un inmueble otorgada en escritura pública de fecha 17 de septiembre de 2003, por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Como primer motivo de impugnación, articula la actora en su escrito de demanda nulidad de pleno derecho (artículo 62.1 .e) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) por falta de trámite de audiencia previo a la liquidación provisional girada por la Oficina Liquidadora...
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