Sentencia de TSJ Navarra (Pamplona), Sala de lo Social, 12 de Septiembre de 2005

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Resumen


PENSION DE VIUDEDAD. ACREDITACION DE VINCULO. En resumen, el reconocimiento de una pensión de viudedad se condiciona por la legislación vigente a la existencia de vínculo matrimonial entre causante y persona beneficiaria, por lo que la ausencia de este requisito impide que la recurrente pueda ser beneficiaria de la prestación solicitada, procediendo, en consecuencia, la desestimación de este motivo del recurso y la confirmación de la sentencia recurrida. En primera instancia se desestima la demanda. Se desestima la suplicación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Extracto


Sentencia de TSJ Navarra (Pamplona), Sala de lo Social, 12 de Septiembre de 2005

ILMO. SR. D. VICTOR CUBERO ROMEO PRESIDENTE ILMA. SRA. Dª. CARMEN ARNEDO DIEZ ILMA. SRA. Dª. Mª CONCEPCION SANTOS MARTIN En la Ciudad de Pamplona/Iruña, a DOCE DE SEPTIEMBRE de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de suplicación interpuesto por DON JOSE MANUEL BAEZA CALLEJA, en nombre y representación de DOÑA Consuelo , frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social ...

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