Sentencia de TSJ Comunidad Valenciana (Valencia), Sala de lo Contencioso, 17 de Junio de 2005
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Sentencia de TSJ Comunidad Valenciana (Valencia), Sala de lo Contencioso, 17 de Junio de 2005
RECURSO Nº 1842/02 SENTENCIA Nº 734/05 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN SEGUNDA Ilmos. Sres.
Presidente Don José Díaz Delgado Magistrados Doña Amparo Iruela Jiménez Doña María José Alonso Mas Valencia, diecisiete de junio de 2005 Visto el recurso contencioso administrativo interpuesto por la procuradora Doña María Angeles Miralles Ronchera, en nombre y representación de VIMISCO SA, contra acuerdo del ayuntamiento de Peñíscola de 20 de septiembre de 2002, en su punto cuarto, aprobatorio del PAI y proyecto de reparcelación Apartamentos Cinca , N 8, N 1 y avenida Papa Luna. Ha comparecido en autos la Administración demandada, representada por el Procurador Don José Antonio Peiró Guinot.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. El 13 de diciembre de 2002 se interpuso este recurso; y, previos los pertinentes trámites, se formalizó la demanda, en que la actora solicitó la anulación de los acuerdos impugnados en sus apartados primero a séptimo; alternativamente, que se reconociera a la actora el aprovechamiento lucrativo que le corresponda partiendo del reconocimiento como superficie inicial de su solar 1160,2 metros cuadrados y la adjudicación de una parcela de resultado en función de ese derecho inicial; subsidiariamente a este segundo pronunciamiento alternativo, que se condene al ayuntamiento al pago de la compensación económica en función del precio de mercado a determinar en ejecución de sentencia, de la diferencia del aprovechamiento adjudicado y del que se le hubiera debido adjudicar en función de sus derechos de origen; asimismo, la condena en costas a quien se opusiera a la demanda.Solicitaba también el recibimiento a prueba, y la cuantía se señalaba como indeterminada.SEGUNDO. La contestación solicita la desestimación de todas las pretensiones de la demanda, y la condena en costas al actor. Considera además innecesario el recibimiento a prueba.TERCERO. Recibido el proceso a prueba, la parte actora solicitó la reproducción de todos los documentos que acompañaban al recurso, así como otra serie de documentos. En concreto, el escrito presentado ante la consellería de territorio y vivienda interesando el amojonamiento de la vía pecuaria Camino de Pebret y Colada de la Cruz, en los puntos ...Ver el contenido completo de este documento
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