STSJ Canarias 4675, 4 de Noviembre de 2005
Ponente | JESUS NICOLAS MARTI SANCHEZ |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:4675 |
Número de Recurso | 1594/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 4675 |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
4 4 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas Sección 1ª
SENTENCIA NÚM.
Magistrados Ilmos. Sres.:
D. Francisco José Gómez Cáceres (Presidente)
D. Jaime Borrás Moya D. Nicolás Martí Sánchez (PONENTE)
En Las Palmas de Gran Canaria, a cuatro de noviembre de dos mil cinco.
Visto por la Sala el recurso número 1594/2003 en el que son partes, como demandante don Simón, representado, asistido y dirigido por el abogado don Francisco Bolaños Marrero, y como demandada la Administración General del Estado, representada, y asistida y dirigida por el Abogado del Estado, se dicta la presente sentencia.
ANTECEDENTESDEHECHO
Por resolución del Director General de la Policía, de fecha 28 de julio de 2003 se decide que no procede el pase a la situación de segunda actividad por insuficiencia de las aptitudes psicofísicas, del policía del Cuerpo Nacional de Policía don Simón.
Contra dicha resolución interpuso recurso contencioso-administrativo don Simón, el día dieciocho de septiembre de dos mil tres, formalizando demanda el día dieciséis de enero de dos mil cuatro, con la pretensión de que se anule y se declare el derecho del recurrente "a pasar a la situación de jubilación por accidente en acto de servicio...".
A la referida demanda se opuso el Abogado del Estado con los argumentos que figuran en las actuaciones, solicitando la desestimación del recurso.
Practicada la prueba las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, señalándose para votación y fallo el día treinta y uno del pasado mes de octubre, y se nombra ponente al Magistrado Ilmo. Sr. Don Nicolás Martí Sánchez.
Esta sentencia fue entregada por el ponente, para su notificación, el día 4 del presente mes de noviembre.
Por lo que se refiere a la cuantía del procedimiento, ha sido señalada como indeterminada.
El recurrente, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, sufre una caída que la causa una lesión consistente en esguince en la muñeca derecha, y a petición de la Jefatura de Las Palmas, en la que está destinado dicho policía, se inicia expediente para valoración por el Tribunal Medico a efectos de un posible cambio de situación administrativa.
Tramitado el referido expediente se dicta resolución por el Director...
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